La razón por la que supermercados en Colombia le piden la cédula al pagar: lo que deben saber los consumidores

2026-05-29 16:33:42 - MUNDO


En supermercados y cadenas comerciales de Colombia como Tiendas D1, Ara, Alkosto, Carulla e Ísimo se volvió frecuente que, antes de finalizar una compra, los cajeros soliciten el número de cédula o el documento de identidad del cliente.

La práctica se presenta especialmente durante el proceso de facturación o al realizar pagos con tarjeta de crédito, y ha generado dudas entre consumidores sobre si entregar este dato es obligatorio y si un establecimiento puede negarse a vender en caso de que la persona no quiera suministrarlo.

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De acuerdo con la normativa vigente y explicaciones entregadas por especialistas y entidades tributarias, existen dos razones principales por las cuales los comercios solicitan la cédula:

1. Facturación electrónica y soporte tributario.

2. Verificación de identidad en pagos con tarjeta de crédito.

En el primer caso, la solicitud está relacionada con la implementación de la facturación electrónica exigida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Los establecimientos requieren el número de identificación para emitir facturas a nombre del comprador, especialmente cuando el cliente necesita soporte tributario o una factura personalizada.

La DIAN recuerda que tanto vendedores como compradores tienen obligaciones frente a este proceso. Según la entidad, “El no exigir factura cuando se realiza una transacción económica, ya sea de la compra un producto o solicitud de un servicio, genera perdida de dinero ya que el beneficio tributario del costo, deducción o descontable no se puede utilizar en las declaraciones tributarias”.

Sin embargo, especialistas señalan que en compras simples pagadas en efectivo el consumidor puede negarse a entregar su número de cédula sin que el comercio deba impedir la venta. En estos casos, no existe una obligación general de suministrar el dato únicamente para completar la transacción.

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La situación cambia cuando el pago se realiza con tarjeta de crédito. En estos casos, los establecimientos comerciales pueden solicitar el documento para verificar que quien hace la compra sea el titular del medio de pago y así reducir riesgos de fraude o suplantación.

La Circular Externa 29 de 2014 establece para los comercios la “obligación de verificar la firma y exigir la presentación del documento de identidad del cliente” cuando la tarjeta utilizada no tenga código de seguridad, condición que aplica de forma frecuente en tarjetas de crédito.

Bajo este escenario, si el comprador no puede demostrar la titularidad de la tarjeta, el establecimiento puede pedirle utilizar otro medio de pago para completar la compra.

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En contraste, para pagos con tarjeta débito la presentación de la cédula no suele ser necesaria. La Superintendencia Financiera ha señalado que el uso del PIN o clave personal funciona como mecanismo de validación de identidad del titular de la cuenta.

Además de las razones tributarias y de seguridad, la recolección de datos personalestambién debe cumplir con las normas de protección de información en Colombia. Las empresas están obligadas a informar el uso que darán a los datos recopilados y los ciudadanos pueden conocer cómo será tratado ese contenido e incluso solicitar su eliminación en determinados casos.

Aunque pedir la cédula al momento de pagar se convirtió en una práctica habitual en supermercados y grandes cadenas del país, expertos recomiendan que los consumidores conozcan en qué situaciones la solicitud responde a obligaciones legales o controles de seguridad y cuándo pueden decidir libremente si entregan o no su información personal.