2026-05-01 15:43:46 - ARGENTINA
Durante años, Portugal funcionó como puerta de entrada a Europa para miles de migrantes, muchos de ellos argentinos. Pero ahora las reglas cambiaron: el Parlamento portugués aprobó una ley que dificulta la adquisición de la nacionalidad. La decisión se suma a la reforma migratoria votada en diciembre pasado, que ya había restringido el acceso a la residencia para los argentinos. En conjunto, las dos medidas representan un obstáculo para quienes, tras años de vida en el país, aspiraban a obtener la ciudadanía.
La nueva Ley de Nacionalidad fue aprobada el 1 de abril, tras una serie de modificaciones. “A fines del año pasado, el Tribunal Constitucional había declarado inconstitucionales algunas de las modificaciones que la nueva normativa proponía respecto de la Ley de Nacionalidad. Con esa decisión, el presidente vetó el texto aprobado por el Parlamento y lo devolvió sin promulgar para que fuera corregido”, explicó el abogado portugués Oscar Viana.
El gobierno portugués decidió presentar una nueva propuesta de ley, introduciendo cambios y buscando responder al ‘rechazo’ del Tribunal Constitucional. Con esas correcciones, el texto fue finalmente aprobado. Contó con 152 votos a favor y 64 en contra. La norma salió adelante con el apoyo del Partido Socialdemocrata-Centro Democrático y Social (PSD-CDS), de Chega, que es un partido de extrema derecha, y de Iniciativa Liberal (IL).
Los votos en contra fueron del del Partido Socialista (PS), Livre, el Partido Comunista Portugués (PCP), el Bloque de Izquierdas (BE) y la formación Personas-Animales-Naturaleza (PAN) y una única abstención del diputado de Juntos Por el Pueblo (JPP).
La nueva Ley de Nacionalidad introduce modificaciones sustanciales en los criterios de acceso. “Uno de los cambios más relevantes afecta al principio de nacimiento en territorio portugués. A partir de ahora, los hijos de extranjeros nacidos en Portugal solo podrán acceder a la nacionalidad si, al momento del nacimiento, al menos uno de sus padres acredita cinco años de residencia legal en el país, un requisito más exigente que el vigente hasta ahora”, explicó el abogado.
También se endurecen las condiciones para la naturalización. El tiempo de residencia legal pasa a ser de siete años (antes era de cinco años) para ciudadanos de la Comunidad de Países de Lengua Portuguesa (CPLP) y de la Unión Europea (UE), y de diez años para el resto de los extranjeros. El objetivo, según el gobierno, es reforzar la “integración efectiva” de los solicitantes.
“Otro punto clave es la eliminación del régimen especial que permitía a los descendientes de judíos sefardíes acceder a la nacionalidad portuguesa, una vía que había generado miles de solicitudes en los últimos años y que ahora queda cerrada”, sostuvo Viana.
Por otro lado, “se endurecen las condiciones para quienes acceden a la nacionalidad por ascendencia. En el caso de los nietos de portugueses, deberán acreditar, mediante exámenes o certificaciones, un conocimiento suficiente del idioma, la cultura, la historia y los símbolos nacionales. Aunque para los países de la CPLP, la lengua no representa una dificultad, aún no están definidas las modalidades concretas para validar los conocimientos culturales e históricos”, explicó el especialista.
Los interesados en la nacionalidad portuguesa deberán reacomodarse frente a un escenario más exigente. En ese sentido, Viana recomendó iniciar los trámites cuanto antes: “Comenzar el proceso antes de la entrada en vigor de los cambios propuestos en la Ley de Nacionalidad es una forma inteligente de anticiparse a posibles ajustes e interpretaciones más estrictas. Iniciar hoy el pedido puede significar que sea evaluado bajo las reglas vigentes, con menos exigencias y mayor previsibilidad”.
En paralelo, la ley introduce un capítulo más restrictivo en materia de sanciones. Se incorpora la posibilidad de pérdida de la nacionalidad como pena accesoria para ciudadanos con doble nacionalidad condenados a más de seis años de prisión por delitos graves cometidos dentro de los diez años posteriores a su obtención. Entre ellos figuran el terrorismo, los crímenes violentos u organizados, los delitos contra el Estado y el favorecimiento de la inmigración ilegal.
A los extranjeros condenados se les establecen también otras restricciones: los inmigrantes con penas de prisión efectiva de cinco años o más no podrán solicitar la ciudadanía. “Estos puntos figuran entre los más cuestionados por el Partido Socialista y, según anticipan especialistas, podrían enfrentar nuevos planteos ante el Tribunal Constitucional”, destacó el abogado portugués consultado.
La normativa también refuerza la exigencia de demostrar una ‘vinculación efectiva con la comunidad nacional’. Esto incluye no solo la evaluación de conductas vinculadas a los símbolos del país, sino también la acreditación de conocimientos sobre la cultura y la historia portuguesa.
Si bien la ley fue aprobada en el Parlamento, su destino no está sellado. La norma debe ser promulgada por el nuevo presidente, Antonio José Seguro, del Partido Socialista (PS), quien ganó las elecciones presidenciales en marzo con el mayor caudal de votos registrado para un candidato, frente a André Ventura, candidato de extrema derecha .
“El Partido Socialista ya solicitó el control preventivo de constitucionalidad. Por lo tanto, todos los comentarios sobre los cambios pueden ser prematuros”, señaló Viana.
Y concluyó: “Creo que la propuesta podría recibir un nuevo rechazo del Tribunal Constitucional. Habrá que esperar para ver qué ocurre. La entrada en vigor, en cualquier caso, aún podría demorarse”.
La nueva normativa ya ha enfrentado varias modificaciones. A fines de diciembre pasado, cuando el Tribunal Constitucional descartó el proyecto de ley, que luego fue modificado y aprobado por el Parlamento, uno de sus principales cuestionamientos fue que la normativa introducía mecanismos de sanción automática, en contradicción con el artículo 30 de la Constitución. Consideraron especialmente problemático el criterio que impedía acceder a la nacionalidad a quienes hubieran sido condenados a una pena de prisión igual o superior a dos años, sin contemplar una evaluación individual de cada caso.
Otro de los puntos observados fue el tratamiento de las personas apátridas. La ley exigía residencia legal para poder naturalizarse, aunque Portugal no cuenta con un procedimiento eficaz para reconocer oficialmente esa condición, lo que, en la práctica, implicaba imponer un requisito de difícil cumplimiento.
El tribunal también había advirtido sobre el uso de conceptos imprecisos. “Cuestionó, en particular, la disposición que habilitaba la retirada de la nacionalidad por comportamientos que rechacen la adhesión a la comunidad nacional, a las instituciones o a los símbolos, al considerar que se trata de una formulación excesivamente vaga y potencialmente arbitraria”, dijo Viana.
Asimismo, los magistrados objetaron que la norma permitiera sancionar a personas que hubieran actuado de buena fe. El texto contemplaba la posibilidad de retirar la nacionalidad incluso cuando el proceso original hubiera sido fraudulento por acciones de terceros, sin responsabilidad directa del beneficiario.
A su vez, el fallo puso también el foco en la afectación del principio de seguridad jurídica. Según detalló Viana, la propuesta modificaba las reglas a mitad de camino. Al cambiar el modo de contabilizar el tiempo de residencia que pasaba a computarse desde la aprobación y no desde la solicitud y al no prever un régimen transitorio que protegiera a quienes ya se encontraban en proceso o habían organizado sus proyectos de vida en función de la normativa anterior".
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