Este martes 30 de junio la Selección Mexicana se medirá ante Ecuador en los 16vos de final del Mundial de la FIFA. El partido activará nuevamente el home office y la suspensión de clases en la Ciudad de México.
El viernes pasado la presidenta Claudia Sheinbaum publicó un decreto para la implementación de teletrabajo por el partido de México vs Ecuador. El home office será obligatorio para trabajadores del Gobierno Federal en oficinas ubicadas en la capital del país.
Esta medida fue adoptada en los encuentros anteriores de la Selección Mexicana tanto en la Ciudad de México como en Guadalajara, y para el partido entre Colombia y Uzbekistán.
Para la iniciativa privada la medida no será obligatoria; es decir, es opcional otorgar el teletrabajo. Si bien algunas empresas han decidido adoptar el trabajo remoto en áreas corporativas para los partidos de México, la mayoría de las organizaciones apuestan por destinar espacios para transmitir los juegos.
Aunque el teletrabajo está regulado por la Ley Federal del Trabajo (LFT), el marco legal no contempla un criterio para que se aplique de manera obligatoria en casos como los eventos deportivos. Otro dato importante, es que el home office adoptado para los partidos de México es una medida esporádica, esto significa que no se configura el trabajo remoto establecido en la legislación laboral.
En otras palabras, el teletrabajo será obligatorio para el México vs Ecuador sólo para trabajadores al servicio del Estado en dependencias federales y únicamente en la Ciudad de México. Los empleados privados estarán sujetos a lo que determinen los patrones.
En el sector público, las actividades que estarán exceptuadas de aplicar el home office serán los servicios de salud, de seguridad pública y atención a emergencias, de suministro de energía eléctrica, de transporte público, de la organización del Mundial de Futbol, de trámites prioritarios y todas las tareas que requieran la presencia física de los servidores públicos.
La suspensión de clases se aplicará sólo en escuelas públicas y privadas de la Ciudad de México de nivel preescolar, primaria, secundaria y en instituciones de formación de docentes, así como en escuelas de educación media superior y superior dependientes de la Secretaría de Educación Pública.
Aunque las clases serán suspendidas en la capital del país, no se contempla un descanso obligatorio para los trabajadores. Similar a la aplicación del home office, no hay un criterio legal que obligue a los empleadores a otorgar el día libre. Para declarar la fecha como festiva se requería una reforma a la Ley Federal del Trabajo, pero esto no ocurrió. En ese sentido, queda a discreción de los empleadores permitir que las personas se ausenten ese día, en caso de prestar servicios, la jornada laboral se paga de forma ordinaria.